¿Asignatura o vida real? La repercusión de los derechos fundamentales en las relaciones de trabajo. Por Ana Beatriz Coca López 10 March 2017
Ana Beatriz Coca López es estudiante del Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos de la Universidad de Cádiz y en un futuro próximo continuará ampliando su formación para especializarse en el ámbito de las Relaciones Laborales y así acceder al mercado de trabajo con unos amplios conocimientos en la materia.
¿ASIGNATURA O VIDA REAL? LA REPERCUSIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LAS RELACIONES DE TRABAJO
Dentro de pocos meses hará cuatro años que entré en esta carrera y creo que en esta última etapa, me encuentro en disposición de realizar una pequeña visión de esta trayectoria y echar una mirada hacia atrás para comprobar lo bueno que me ha dado este Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos. Seguro que alguna vez han escuchado la expresión de que “la experiencia es un grado” y al ser alumna de cuarto curso, me tomo el atrevimiento de poder transmitirles parte de lo que, hasta ahora, he podido aprender en esta titulación.
Cuando escuchan a gran parte del profesorado de nuestra Facultad, al igual que yo, defender nuestro Grado y mostrar la valía que a este debe concederse, he de decir que no se equivocan. A lo largo del estudio de numerosas materias encuadradas en distintas áreas de conocimiento, he conseguido observar la importancia que en nuestra vida cotidiana tienen los aspectos centrados en las relaciones de trabajo.
A pesar de que muchos de nosotros no hayamos tenido la oportunidad aún de adentrarnos en el mercado laboral, sabemos que tarde o temprano ese momento de poner en práctica todo lo aprendido, llegará. Es una realidad que en la sociedad en la que persistimos se hace indispensable la prestación de servicios para la supervivencia. Es este el motivo por el que muchas personas, hombres y mujeres, tomamos la decisión de emprender unos estudios superiores y no conformarnos con poseer una formación mínima. El pensamiento “cuanto más formados estemos, mejor” lo hacemos nuestro, porque quizás sólo de esta forma, un camino inevitable de recorrer puede convertirse en algo interesante que te permita disfrutar de una buena calidad de vida en el futuro.
Tras realizar los años de estudio universitario, unos con más éxito y otros con menos, todos acabamos la carrera con un objetivo, acceder al mercado de trabajo. Por ello es necesario tener en consideración que, aunque cada vez menos, no vivimos en una sociedad igualitaria respecto a estas oportunidades de acceso. Los alumnos de esta titulación como futuros expertos en las relaciones laborales y como juristas, tenemos la obligación y el deber de conocer estas situaciones y defender la igualdad en el trabajo.
En referencia a este tema, me gustaría señalarles una norma del Ordenamiento Jurídico Español que adquiere gran importancia en la defensa de la prohibición de la discriminación por razón de sexo, identificada como una de las causas principales en la desigualdad en el trabajo, la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.
No obstante, esta no es la única desigualdad que sufren las personas, encontramos que tanto en el acceso al empleo como en el transcurso de la relación laboral y en el ambiente de trabajo, muchos de nuestros derechos fundamentales pueden verse afectados. Por esta razón, creo sumamente importante tener conocimiento de qué derechos en la Constitución Española (en adelante, CE) reciben el tratamiento específico de derecho fundamental, así como saber los rasgos característicos para identificar cuando están siendo afectados y tener nociones que nos permitan afrontarlos de la forma más adecuada. Estos son algunos de los aspectos que he podido aprender recientemente en una asignatura optativa del cuarto curso de este Grado, denominada “Derechos Fundamentales en las Relaciones de Trabajo” e impartida por la Profesora Dña. Francisca Bernal Santamaría.
Tras cursar esta asignatura y profundizar en la materia, puedo decir que adquieres otro punto de vista de las relaciones laborales, entrando a valorar diversos problemas que, habitualmente, están presentes en el ámbito laboral.
El marco de la asignatura se sitúa en los diferentes tipos de discriminación que pueden sufrir las personas cuando ejercen o se disponen a acceder a una actividad profesional en el seno de una empresa. Los derechos fundamentales que tenemos como ciudadanos no se eliminan en el momento de entrar a una organización para desarrollar una prestación de servicios pero, de alguna manera, éstos pueden quedar limitados por el ejercicio empresarial en virtud de su poder de dirección, poder disciplinario, libertad de contratación, entre otros.
Las diversas vertientes de los derechos fundamentales en las relaciones de trabajo implican la necesidad de mostrar algunos ejemplos. En referencia a la discriminación recogida en el artículo 14 CE, podemos encontrar: sexo, cuando a una mujer se le exige llevar falda, maquillaje o zapatos de tacón como elementos de uniforme; edad, en cuanto a la necesidad de establecer un límite a la edad para acceder a determinadas profesiones como pueden ser bombero o capitán; orientación sexual, si una persona recibe más carga de trabajo o se le excluye en la repartición de tareas y existen pruebas de que esto sucede por el hecho de ser homosexual; discapacidad, comprobar si el rechazar a una persona por tener una discapacidad está fundamentado en una condición objetiva y razonable del puesto de trabajo; raza, conocer hasta qué punto la opinión de los clientes de una empresa puede suponer una justificación para no contratar a personas extranjeras; entre otras discriminaciones.
De la misma forma, saber si el derecho a la propia imagen recogido en el artículo 18 CE respalda la no discriminación por tener obesidad; o en virtud del mismo precepto el derecho a la intimidad, teniendo conocimiento de cuando puedes ejercer tu derecho a no responder ciertas preguntas referentes a tu vida personal e íntima en una entrevista de trabajo.
Por otro lado, tener capacidad para distinguir situaciones de violencia en el trabajo cuando se sufre acoso moral, discriminatorio o sexual, así como conocer los tipos de éste y los matices que diferencian al acoso sexual del acoso por razón de sexo.
Igualmente, buscar jurisprudencia que fundamente el derecho de una persona simpatizante de una determinada religión, a portar un elemento propio de la misma en el lugar de trabajo alegando libertad religiosa. Así como, saber sí el expresar tus ideas referente a un tema como la sexualidad o las personas de otra raza, están amparadas por el derecho a libertad de expresión del artículo 20 CE o, si por el contrario, deben establecerse medidas que limiten estos comentarios en lugar de trabajo.
De igual modo, será necesario conocer la responsabilidad de la persona que ejerce estas conductas, del empresario y el deber de la empresa de disponer de protocolos y medidas que garanticen la efectiva seguridad de los trabajadores ante este tipo de situaciones; o en último caso, saber que ostentamos el derecho fundamental a una tutela judicial efectiva para la protección de los derechos.
Es interesante tener presente que cualquier tipo de acto que resulte o pueda resultar ofensivo normalmente recibe de forma inmediata la consideración de discriminatorio. Sin embargo, esto no es del todo cierto, puesto que para ser calificado como tal se requiere que la vulneración del derecho se valore en atención a las circunstancias del caso, que responda a una causa cierta y que se aporten las pruebas necesarias por el trabajador.
Estos son sólo algunos de los aspectos que he aprendido con esta materia y que me sirven para expresarles la necesidad de conocerlos, identificarlos y actuar sobre ellos. La cercanía de estos temas a la sociedad en que vivimos y en la que cada día recibimos más noticias de este tipo es una circunstancia que hace interesante cursar esta asignatura, pudiendo adquirir de ella competencias que nos permitan debatir sobre estos temas con convicción y con capacidad de argumentación.