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Las políticas de empleo para la inserción de los jóvenes en el mercado de trabajo. Por Francisco Javier Martínez 19 January 2018

Las políticas de empleo para la inserción de los jóvenes en el mercado de trabajo. Por Francisco Javier Martínez

Las políticas de empleo para la inserción de los jóvenes en el mercado de trabajo*.

Por Francisco Javier Martínez

Los datos más recientes de la Encuesta de Población Activa relativos al tercer trimestre de 2017 arrojan una tasa de desempleo en un 16,38%. Si bien es cierto que la evolución de este indicador durante los últimos meses, en términos generales, invita al optimismo, no hay que olvidar que ciertos colectivos cuentan con ciertos condicionantes que dificultan en mayor medida su adecuada incorporación al mercado de trabajo. Tal es el caso del colectivo “jóvenes”, tomando en consideración aquellos con una edad comprendida entre los 16 y los 29 años, cuya tasa de desempleo del 35,2% sigue siendo muy superior a la media. No hay que pasar por alto que, aunque lejos de las dramáticas cifras vividas en los momentos más álgidos de la crisis económica, actualmente 1.055.700 jóvenes buscan activamente trabajo, cifra que sin duda preocupa a los entes públicos implicados en la creación de políticas activas de empleo, tanto a nivel nacional como supranacional. 

Con el fin de mitigar algunas de las dificultades con las que los jóvenes se encuentran en la transición entre la etapa educativa y laboral, y sabiendo de los lastres que han condicionado la empleabilidad juvenil en los últimos años, desde la Unión Europea y dentro de la Estrategia Europa 2020, se vienen marcando las líneas de actuación en materia de políticas de empleo para cada Estado miembro, que se ha concretado en el caso de España, en una serie de medidas que debemos conocer, no ya solo desde el punto de vista profesional como futuros operadores jurídicos en el ámbito laboral, sino desde el punto de vista personal, como alumnos egresados o futuros egresados que al acabar los estudios y buscar activamente empleo, si nos decantamos por el empleo por cuenta ajena como salida profesional, viviremos una etapa de transición hacia el mercado de trabajo, pudiendo utilizar las herramientas que a continuación pasamos a describir, y que pueden facilitar nuestra inserción en el mercado de trabajo.

La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven

Aunque la aplicación de las medidas contempladas en ella corresponde a los empleadores, esta Estrategia, aprobada inicialmente en 2013, trata de establecer una hoja de ruta, estructurada en un conjunto de 15 medidas a corto plazo junto con otras 85 a largo plazo, con el fin de mejorar la empleabilidad y facilitar la inserción laboral de los jóvenes.

Así, entre las aprobadas por la Ley 11/2013 se establecieron un conjunto de medidas destinadas al fomento del trabajo por cuenta propia, como la ampliación de los supuestos de capitalización de la prestación por desempleo para los gastos de constitución de una empresa, además de un paquete de incentivos para el impulso de la contratación por cuenta ajena, en el caso de la formalización de contratos a tiempo parcial con vinculación formativa, de contratos indefinidos a jóvenes por parte de microempresas y autónomos en proyectos de emprendimiento joven, de contratos de primer empleo joven, así como incentivos a los contratos en prácticas. Por otra parte, tras la reciente entrada en vigor de la la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, estas medidas se ven complementadas por reducciones y bonificaciones adicionales en las cotizaciones de la Seguridad Social para altas iniciales en el RETA para menores de 30 años, o 35 en el caso de las mujeres, de tal manera que a la finalización de los incentivos previstos con carácter general, se podrá aplicar una bonificación adicional del 30% durante un periodo de doce meses de duración sobre la cuota de contingencias comunes, aún cuando aquellos empleen a trabajadores por cuenta ajena.

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Aprobado en 2013 por la Unión Europea, y en consonancia con los objetivos de empleabilidad y educativos de la Estrategia Europa 2020, la aplicación de la Garantía Juvenil en España se plasmó en la Ley 18/2014, bajo la premisa fundamental de que aquellos jóvenes (desde más de 16 años) que finalicen sus estudios o queden desempleados puedan recibir una oferta formativa o laboral en un plazo breve de tiempo. Cabe mencionar dos importantes hitos normativos desde su creación: De una parte, la Ley 25/2015, que vino a establecer una ampliación del ámbito objetivo de aplicación hasta los 29 años, mientras la tasa de desempleo para este colectivo sea superior al 20% y, de otra, el Real Decreto-Ley 6/2016, que introdujo ciertas mejoras en las bonificaciones ya previstas, simplificando en gran medida los requisitos para poder inscribirse, bajo la exigencia única de no haber trabajado o realizado acciones formativas el día anterior a la solicitud.

Los únicos requisitos que deben cumplir aquellos jóvenes que quieran beneficiarse de esta medida son, junto a los ya mencionados de edad e inactividad al momento del registro, la nacionalidad española o de la Unión Europea, estando empadronados en alguna localidad del territorio nacional español, y subscribir un compromiso expreso de querer participar en el Sistema, o bien encontrarse inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, ya que la inscripción puede ser realizada “de oficio” tras las modificaciones introducidas por el ya mencionado Real Decreto-Ley 6/2016.

Tras un primer periodo en el que los resultados de participación no eran los esperados, las modificaciones introducidas han impulsado el número total de inscritos hasta llegar a las 608.490 personas en la actualidad, de las que 208.000 han encontrado un empleo, según datos del Gobierno.

Además, con la reciente aprobación de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020 por el RD 1032/2017 de 15 de diciembre, se pretende otorgar un nuevo impulso para la efectiva implantación de la Garantía Juvenil, así como para otras herramientas que mejoren la empleabilidad de los jóvenes, como el Sistema de Formación Profesional Dual; medidas que, entre otras, han permitido que 358.500 menores de 30 años hayan conseguido empleo en el marco de la anterior Estrategia 2014-2016, según datos del Gobierno.

La Formación Profesional Dual

Tomando como referencia el modelo germano de Formación Profesional Dual, y con una clara vocación de simular los éxitos de esta medida en países del norte de Europa en términos de niveles de desempleo juvenil, el Real Decreto 1529/2012 estableció las bases de la FP Dual en España, en el marco de la Formación Profesional para el Empleo.

Mediante el mismo se pretende configurar un sistema en régimen de alternancia entre formación y trabajo retribuido, destinado a la inserción laboral y a la formación de los jóvenes, pretendiendo conseguir un acercamiento del sistema educativo y el tejido empresarial, así como una mayor adecuación entre la oferta formativa y la demanda de cualificaciones por parte del mercado de trabajo. Para ello, el ámbito laboral de la FP Dual se desarrolla mediante el contrato para la formación y el aprendizaje, que podrá ser celebrado con jóvenes una edad comprendida entre los 16 y los 29 años que carezcan de los requisitos para formalizar un contrato en prácticas, no pudiendo ser superior al 75% el tiempo efectivo de trabajo respecto a la jornada máxima legal o convencional el primer año, o al 85% los dos años consecutivos. Además, se prevén una serie de incentivos a la contratación para aquellas empresas que participen en programas de FP Dual, consistentes en reducciones y bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social

El desarrollo de los diferentes proyectos de FP Dual corresponde a las Comunidades Autónomas. Andalucía cuenta actualmente con una oferta de 218 cursos disponibles en especialidades como la agraria, electrónica, industrias alimentarias, o sanidad, que ya acumula 3.200 estudiantes y 1.500 empresas colaboradoras.

Otras políticas de contratación joven

De entre las acciones en ejecución en Andalucía, el Programa Emple@Joven y Emple@30+ desarrolla un conjunto de cinco iniciativas cuyo nexo común es el objetivo de mejorar la empleabilidad de los jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, encontrándose recogidas en el Título I de la Ley 2/2015, de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo.

En primer lugar, la Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@30+, tiene por objeto fomentar la inserción laboral de personas desempleadas por parte de los Ayuntamientos, en proyectos de cooperación social y comunitaria que les permita adquirir competencias profesionales, contando con una ayuda consistente en una cantidad a tanto alzado en función de la duración del contrato y grupo de cotización del trabajador. Por otra parte, las becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas, cuyo objeto fin es promover la inserción laboral de aquellos jóvenes menores de 30 años con titulaciones oficiales, mediante prácticas no laborales asociadas a la concesión de una cuantía de 2.880 euros que se otorgará a la persona beneficiaria en concepto de beca. Se contempla, además, determinadas ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven, para contratos celebrados bajo cualquier modalidad contractual, a tiempo completo o parcial, que tengan una duración superior a los doce meses, concediéndose una ayuda de hasta 4.800 euros. En la misma línea, se establece una serie de incentivos a la contratación indefinida de personas jóvenes, para las entidades beneficiarias y empresas asociadas que contraten a personas titulares del Bono de Empleo Joven de manera indefinida, tras la finalización de la ayuda correspondiente durante los doce primeros meses, equivalente a una cuantía de 4.750 euros con carácter general.

Por último, y como excepción al requisito máximo de edad de este paquete de medidas, la Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo que, si bien se encuentra dentro de aquellas dirigidas a los jóvenes, está destinada a personas de 30 o más años, quienes podrán ser contratados por entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de Proyectos de Interés General y Social, mediante un contrato de obra o servicio determinado, a jornada completa, que irá vinculado a una ayuda destinada a atender los costes salariales de los trabajadores contratados.

Relacionado con el requisito de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía juvenil, a nivel nacional, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social estableció recientemente una ayuda de 430 euros al mes, durante un periodo de 18 meses, asociada a la formalización de un contrato para la formación y el aprendizaje de duración mínima de un año, para aquellos jóvenes que tengan especiales dificultades de inserción laboral.

Por último, a nivel europeo se desarrollan determinados programas enfocados a mejorar los cauces de transición entre estudios y trabajo, mediante iniciativas que permitan la movilidad geográfica a los jóvenes, realizando periodos de práctica laboral o experiencias educativas. Tal es el caso del programa Tu primer trabajo EURES, destinado a los jóvenes de entre 18 y 35 años, para que puedan desempeñar un trabajo remunerado en otro país de la UE, con un contrato de una duración mínima de 6 meses; o el programa Erasmus+, que facilita a los jóvenes desplazarse a otro país de la UE para estudiar, formarse de forma práctica o realizar un voluntariado, y de este modo adquirir competencias que propicien su incorporación al mercado de trabajo.

Como hemos venido analizando, las políticas en favor de la empleabilidad juvenil se encuentran recogidas en un marco normativo amplio y dispar, configurado en su mayoría durante la última década, ante la necesidad de dar una respuesta estratégica a los problemas de inserción de este colectivo. No obstante, y aunque las políticas han mitigado ciertas barreras estructurales, en su gran mayoría se basan en incentivos o bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, hecho ampliamente criticado por la doctrina debido a su visión cortoplacista. Quedará por ver en el futuro, cuál ha sido el impacto real de dichas políticas de inserción, y la manera en que han podido beneficiar a un colectivo que cuenta, pese a sus capacidades y formación, con tantas dificultades para la consecución de un empleo.

* El presente artículo es un extracto del Trabajo de Fin de Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos de Francisco Javier Martínez, dirigido por Mª Cristina Aguilar Gonzálvez, Profesora Doctora del Departamento de Derecho y de la Seguridad Social.


Webs de interés

COMISIÓN EUROPEA. EURES, El Portal Europeo de la Movilidad Profesional. Disponible en: https://www.consilium.europa.eu/es/policies/youth-employment/youth-guarantee/

CONSEJO EUROPEO. Garantía juvenil. Disponible en: https://www.consilium.europa.eu/es/policies/youth-employment/youth-guarantee/

JUNTA DE ANDALUCÍA. Formación Profesional Dual. Disponible en: https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/formacion-profesional-andaluza/quiero-formarme/modalidades/fp-dual

JUNTA DE ANDALUCÍA. Garantía juvenil en Andalucía. Disponible en: https://garantiajuvenilandalucia.es/

MEC. Erasmus+. El Programa Europeo de Educación, Formación, Juventud y Deporte 2014-2020. Disponible en: https://www.erasmusplus.gob.es/

MEC. Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven. Garantía Juvenil. Disponible en: https://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/informate.html

MEC. Formación Profesional Dual. Disponible en: https://todofp.es/todofp/sobre-fp/informacion- general/formacion-profesional-dual.html


Francisco Javier Martínez es Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos por la Universidad de Cádiz y actualmente está trabajando en el Ayuntamiento de Cádiz durante seis meses mediante el programa Emple@Joven. De forma paralela, mejora sus competencias lingüísticas en inglés, además de llevar a cabo la realización de cursos de formación complementarios en el ámbito laboral, debido a su interés por la vertiente jurídica que otorga el Grado y a su objetivo profesional de desarrollar una carrera profesional en el área de la asesoría jurídico-laboral.

Mª Cristina Aguilar Gonzálvez es Profesora en la Facultad de Ciencias del Trabajo desde 1995. Doctora en Derecho. Líneas de investigación: negociación colectiva comunitaria; colaboración público-privada en materia de intermediación laboral; formación profesional para el empleo; teletrabajo como medida de conciliación laboral, familiar y profesional; discriminación retributiva; riesgos psicosociales; relaciones laborales en las microempresas.

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